Viventa
Si quieres comprar vivienda en Colombia, o ya eres propietario de un bien en el país, te interesa conocer el concepto de afectación a vivienda familiar.
Viventa
22 junio, 2024
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Si estás pensando en comprar vivienda en Colombia, o ya eres propietario de un bien en el país, seguramente te interesa conocer el concepto de afectación a vivienda familiar.
¿Por qué te puede interesar?
Porque una vivienda es el fruto de años de esfuerzo en el exterior. Por lo mismo, proteger su integridad — y la de tus seres queridos — de cualquier amenaza debe ser siempre una prioridad.
Obviamente, un seguro de vivienda te ayuda a proteger el bien de cualquier daño a la infraestructura o del impago del arriendo.
Sin embargo, frente a casos como embargos o líos jurídicos, existen figuras legales que resguardan tu propiedad y sus habitantes contra cualquier medida que atente contra su disfrute.
En este artículo, Viventa te explica cuáles son estas figuras jurídicas y cómo las puedes usar para proteger tu patrimonio en Colombia desde el exterior.
¿Qué es la afectación a vivienda familiar?
La afectación a vivienda familiar es una figura jurídica que tiene como propósito proteger un bien inmueble que ha sido elegido por un matrimonio o compañeros permanentes como residencia familiar.
En especial, esta figura se constituye en favor del cónyuge o compañero permanente y es regulada por la Ley 258 de 1996.
¿Cómo funciona? De dos maneras:
- Primero, protege el patrimonio familiar de cualquier intento de embargo, desalojo o venta forzada ante una deuda contraída por el propietario. De esta manera, el bien no se puede usar como garantía de pago y la familia no queda sin patrimonio.
- Segundo, protege la estabilidad familiar al garantizar que los habitantes del bien no corran peligro de quedar en la calle.
Esto quiere decir que si eres propietario de un inmueble con afectación a vivienda familiar y después adquieres una deuda que no puedes pagar, es imposible que el acreedor pida el embargo de ese bien para cobrar la deuda
Afectación a vivienda familiar: protección al cónyuge o compañero permanente
Un concepto importante de esta figura es la protección al cónyuge o compañero permanente. En un matrimonio o en la cohabitación en unión libre usualmente una de las personas tiene los bienes a su nombre. Por lo mismo, puede venderlos o usarlos a su elección en cualquier momento.
Por eso, cuando un matrimonio o pareja en unión libre constituye una afectación a vivienda familiar, se asegura de que el bien no pueda ser embargado, hipotecado, vendido o donado sin el consentimiento de ambas partes. Esto protege al cónyuge no propietario y los hijos de la unión ante cualquier decisión del cónyuge propietario, o de un intento de embargo por parte de un acreedor
Límites y excepciones de la afectación a vivienda familiar
Sin embargo, el alcance de esta figura tiene limitaciones que debes conocer. Por ejemplo:
- Para constituir la afectación de vivienda familiar debe existir un matrimonio o unión permanente o marital de hecho. Para el caso de compañeros permanentes, se requiere que la convivencia sea de por lo menos 2 años.
- Solo hay afectación sobre el inmueble que es propiedad de uno de los cónyuges o compañeros. Nunca sobre un inmueble que sea propiedad de ambos. Esto debido a que en estos casos ninguno de los cónyuges se encuentra en situación de debilidad o desventaja.
- La afectación a vivienda familiar solo protege a la vivienda en donde reside la familia. No se puede constituir en otros inmuebles, como segundas viviendas, lotes, fincas o locales comerciales.
- De igual forma, sí hay casos en los que un bien afectado se puede embargar. Por ejemplo, en caso de que se haya instaurado una hipoteca sobre el bien anterior a la afectación.
- El bien también se puede embargar cuando la hipoteca se constituye para garantizar préstamos para adquisición, construcción o mejora de la vivienda.
- Para vender el bien, ambos cónyuges o compañeros deben estar de acuerdo para levantar la afectación.
- La afectación a vivienda familiar puede ser levantada o extinguida bajo ciertas circunstancias. Entre ellas el consentimiento de ambos cónyuges, la solicitud de uno de ellos a través de un trámite judicial, o la muerte de uno o ambos cónyuges.
¿Cómo constituir una afectación a vivienda familiar?
Es necesario que hagas el trámite de afectación en una notaría. Debes llevar:
- Fotocopias de las cédulas de ciudadanía de los esposos o compañeros permanentes.
- Copia de la escritura que certifica la propiedad del inmueble a afectar.
- Certificado de tradición y libertad actualizado.
- Impuesto o pazo y salvo predial.
- No necesitas de un abogado para hacerlo, ni que el otro cónyuge autorice o firme la escritura.
Es importante anotar que, si deseas hacer una afectación a vivienda familiar desde el exterior, puedes hacerlo a través de un apoderado, o hacer la autenticación ante una embajada o consulado colombiano en tu ciudad de residencia.
¿Te interesa acceder a la afectación de vivienda familiar?
Como puedes ver, la afectación a vivienda familiar trae ventajas y beneficios legales que protegen tu patrimonio en Colombia. Si necesitas más información sobre esta figura legal, no dudes en contactar a uno de nuestros asesores. También te ayudamos a crear un plan financiero para que puedas adquirir la casa de tus sueños en Colombia. ¡Déjanos ayudarte a invertir en vivienda en Colombia desde el exterior!
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